La pluriactividad y las cuotas

Se denomina pluriactividad a aquellos que están cotizando tanto de autónomo como por el Régimen General. Según las ultimas modificaciones en la Ley de emprendedores, introducía una bonificación en la cuota del RETA del 50%, aunque no aplicable en todos los casos.

Hay que distinguir tres situaciones diferentes: dos con el tratamientos de antes de esta ley y otra donde se le aplica esta bonificación.

  • Se beneficiarán de la bonificación aquellos trabajadores que están cotizando en el Régimen General y se dan de alta en el de autónomos. No podrán haber cotizado antes en el RETA.
  • El resto de los casos, no tendrán bonificación y se les tratarán según la anterior ley. Esto quiere decir que los autónomos que hayan acumulado pagos de 10.680 € anuales entre ambos regímenes podrán solicitar la devolución del 50% de las cuotas de autónomos abonadas. Esa solicitud debe hacerse en los tres primeros meses del ejercicio posterior.
  • Aquellos que no alcancen la cotización necesaria para solicitar la devolución, seguirán pagando la cuota íntegra del RETA.